Regl. 8702, art. III-1

Necesidad

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Cite as Reglamento Núm. 8702, Art. III-1

La actividad física es la estrategia más recomendada para mejorar la calidad de vida. Ésta es la razón principal por la que el deporte y la recreación son la actividad humana de mayor crecimiento a nivel global. Este auge trae consigo un panorama de oportunidades y retos para la comunidad en general. Oportunidades, en la medida en que es posible involucrar a la población en iniciativas de sustentabilidad recreodeportiva. Y retos, pues el auge en la actividad recreo-deportiva sin un enfoque hacia la sustentabilidad aumenta el riesgo de impacto adverso sobre los recursos ambientales y naturales. Con el desarrollo de la conciencia sobre ecologismo y los derechos humanos, cada día más personas deciden implementar estrategias para evitar el empobrecimiento del medioambiente. Por lo tanto, el deporte y la recreación a nivel mundial han asumido la responsabilidad de convertirse en una herramienta valiosa para inculcar valores de sustentabilidad. De esta forma se alejan de ser una carga negativa adicional sobre el medioambiente. Con el Programa de Deporte y Recreación Sustentable creado mediante el presente reglamento, el Departamento de Recreación y Deporte y la Comisión de Deporte y Medioambiente de Puerto Rico, se unen a la gesta nacional de sustentabilidad recreo-deportiva que tanta falta hace.
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