Regl. 8702, art. IV dup2

APLICACIÓN

Length: 67 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8702, Art. IV dup2

Este Reglamento será de aplicación a todas las organizaciones que soliciten u obtengan el registro y la acreditación como entidad deportiva o recreativa, según lo dispone el Reglamento 6360 del Departamento de Recreación y Deportes. El presente Reglamento será de aplicación a todo individuo que solicite u obtenga cualquier 2 acreditación O licencia otorgada por el Departamento de Recreación y Deportes al amparo de su Ley Orgánica.
Regl. 8702, art. IV dup2: APLICACIÓN | Justis AI