Regl. 8702, art. VI
CREACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE DEPORTE
Length: 203 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8702, Art. VI
Y RECREACIÓN SUSTENTABLE
Mediante la adopción del presente Reglamento se crea el Programa de Deporte y
Recreación Sustentable. El Programa estará adscrito al Instituto, quien tendrá a su
cargo la administración y responsabilidad de velar por el fiel cumplimiento con las
disposiciones aquí expresadas.
4
e)
Departamento - Se refiere al Departamento de Recreación y Deportes.
f)
Instituto - Se refiere al Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte
y la Recreación, creado en virtud de la ley Orgánica, a quien se le ha
delegado la función de implementar este Reglamento para la administración
del Programa de Deporte y Recreación Sustentable.
g)
Ley Orgánica - Se refiere a la Ley 8 de enero de 2004, también conocida
como Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes.
h)
Medioambiente -En su acepción más amplia, abarca todo ser vivo, objeto,
agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos. Incluye el conjunto de valores
naturales, sociales y culturales.
i)
Programa - Se refiere al Programa de Deporte y Recreación Sustentable.
j)
Secretario - Se refiere al Secretario del Departamento de Recreación y
Deportes.
k)
Sustentable - Que satisface las necesidades de las generaciones presentes
sin comprometer las posibilidades de generaciones futuras para atender sus
propias necesidades.