Regl. 8702, art. VII-2
Componente de Cooperación y Solidaridad
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Cite as Reglamento Núm. 8702, Art. VII-2
a. Carta Verde La Carta Verde es un instrumento de adhesión O compromiso
voluntario, en el cual los firmantes se vinculan al cumplimiento con los
postulados y compromisos de deporte y recreación sustentable en ella
contenidos.
i. Como parte del Programa de Deporte y Recreación Sustentable, el
Instituto adoptará la administración y el registro de la Carta Verde.
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vi. Ofrecer y fomentar charlas educativas sobre el deporte y la recreación
sustentable.
C.
Facultades Para cumplir con el Componente Educativo de deporte y
recreación sustentable, se le delegan al Instituto las siguientes facultades;
i.
Establecer los costos de matrícula del Curso de Deporte y
Recreación Sustentable u ofrecerlo de manera gratuita conforme lo
dispone el Reglamento 7023, conocido como el Reglamento para
los Programas Educativos del Instituto Puertorriqueño para el
Desarrollo del Deporte y la Recreación.
ii. Convalidar cursos de Deporte y Recreación Sustentable no ofrecidos
por el Instituto, siempre que cumpla con la Sección 1(a)iii del presente
Artículo. Será responsabilidad del solicitante presentar evidencia de
haber aprobado el curso, así como de indicar quién. lo imparte, su
contenido curricular y la información relacionada a fecha, hora y lugar
en que se impartió.