Regl. 8702, art. VII-3 dup2
Componente de Certificación
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Cite as Reglamento Núm. 8702, Art. VII-3 dup2
a. Certificación de Evento Recreo-Deportivo Sustentable
i. El Instituto designará personal para recibir y evaluar las solicitudes de
los comités organizadores que interesen la certificación de Evento
Recreo-Deportivo Sustentable.
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ii. Con el fin de otorgar la certificación de Evento Recreo-Deportivo
Sustentable sólo se considerarán estrategias acreditables aquellas
que:
efectivamente disminuyan cualquier impacto negativo
previsible al medioambiente;
eduquen y promuevan buenas prácticas
medioambientales O de sana convivencia entre los
participantes del evento;
su cumplimiento no esté previamente contemplado como
una obligación de ley O requisito reglamentario en Puerto
Rico.
iii. El Instituto mantendrá al día y accesible al público en general, un
calendario de Eventos Recreo-Deportivos Sustentables en la medida
en que éstos sean certificados.
b. Requisitos para obtener la certificación de Evento Recreo-Deportivo
Sustentable:
i. Completar debidamente la solicitud de certificación para evento
recreo-deportivo sustentable.
ii. Mostrar evidencia de que al menos tres (3) integrantes del comité
organizador del evento o todos sus integrantes (de ser sólo uno o
dos), han completado satisfactoriamente un curso de Deporte y
Recreación Sustentable ofrecido O convalidado por el Instituto.
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ii. Con el fin de otorgar la certificación de Evento Recreo-Deportivo
Sustentable sólo se considerarán estrategias acreditables aquellas
que:
efectivamente disminuyan cualquier impacto negativo
previsible al medioambiente;
eduquen y promuevan buenas prácticas
medioambientales O de sana convivencia entre los
participantes del evento;
su cumplimiento no esté previamente contemplado como
una obligación de ley O requisito reglamentario en Puerto
Rico.
iii. El Instituto mantendrá al día y accesible al público en general, un
calendario de Eventos Recreo-Deportivos Sustentables en la medida
en que éstos sean certificados.
b. Requisitos para obtener la certificación de Evento Recreo-Deportivo
Sustentable:
i. Completar debidamente la solicitud de certificación para evento
recreo-deportivo sustentable.
ii. Mostrar evidencia de que al menos tres (3) integrantes del comité
organizador del evento o todos sus integrantes (de ser sólo uno O
dos), han completado satisfactoriamente un curso de Deporte y
Recreación Sustentable ofrecido O convalidado por el Instituto.
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iii. La organización 0 individuo solicitante, debe figurar en la lista de
firmantes de la Carta Verde.
iv. Presentar un plan y un compromiso de cumplimiento, donde se
identifiquen al menos tres (3) estrategias de sustentabilidad recreodeportiva según definidas en la Sección 3(a)ii del presente Artículo. Al
menos dos (2) de las tres (3) estrategias de sustentabilidad se
realizarán durante el desarrollo del evento.
V. Asumir un compromiso de documentar con fotos, videos, encuestas 0
entrevistas, las estrategias de sustentabilidad implementadas en el
evento. El Instituto tendrá disponible un formato digital por internet
para que los comités organizadores envíen este material recopilado
dentro de los primeros diez (10) días naturales luego de concluido el
evento. Sólo en casos excepcionales, en los que la persona
interesada demuestre su necesidad, se permitirá presentar esta
documentación en los lugares que el Instituto designe para ello.
C. Sello de Evento Recreo-Deportivo Sustentable.
i. El Instituto adoptará un sello que servirá para reconocer y distinguir
eventos recreo-deportivos sustentables certificados como tal, según se
expone en la Sección 3(b) del presente Artículo.
d. Usos permitidos del Sello de Evento Recreo-Deportivo Sustentable
i. Al concederse la distinción del sello, los organizadores podrán
utilizarlo junto 0 como parte de la publicidad, comunicaciones oficiales,
así como en el propio evento deportivo O recreativo.
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iii. La organización 0 individuo solicitante, debe figurar en la lista de
firmantes de la Carta Verde.
iv. Presentar un plan y un compromiso de cumplimiento, donde se
identifiquen al menos tres (3) estrategias de sustentabilidad recreodeportiva según definidas en la Sección 3(a)ii del presente Artículo. Al
menos dos (2) de las tres (3) estrategias de sustentabilidad se
realizarán durante el desarrollo del evento.
V. Asumir un compromiso de documentar con fotos, videos, encuestas 0
entrevistas, las estrategias de sustentabilidad implementadas en el
evento. El Instituto tendrá disponible un formato digital por internet
para que los comités organizadores envíen este material recopilado
dentro de los primeros diez (10) días naturales luego de concluido el
evento. Sólo en casos excepcionales, en los que la persona
interesada demuestre su necesidad, se permitirá presentar esta
documentación en los lugares que el Instituto designe para ello.
C. Sello de Evento Recreo-Deportivo Sustentable.
i. El Instituto adoptará un sello que servirá para reconocer y distinguir
eventos recreo-deportivos sustentables certificados como tal, según se
expone en la Sección 3(b) del presente Artículo.
d. Usos permitidos del Sello de Evento Recreo-Deportivo Sustentable
i. AI concederse la distinción del sello, los organizadores podrán
utilizarlo junto o como parte de la publicidad, comunicaciones oficiales,
así como en el propio evento deportivo 0 recreativo.
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ii. Se considerará que un organizador de un evento recreo-deportivo hizo
uso indebido O no autorizado del sello, cuando:
Luego de obtenida la certificación de evento recreodeportivo sustentable, incumpla O se aparte
significativamente del cumplimiento con las iniciativas de
sustentabilidad a las que se comprometió como requisito
para obtener dicha certificación.
Se utilice el emblema distintivo en la promoción de
cualquier evento O en sus comunicaciones oficiales, sin
obtener previamente la correspondiente certificación de
evento recreo-deportivo sustentable.
Utilice el sello de forma tal que lo vincule con cualquier
actividad contraria a la ley, la moral 0 el orden público.
iii. El Instituto se reserva el derecho a denegar O imponer condiciones
adicionales a toda organización, federación o comité organizador de
un evento que luego de incurrir en uso indebido del sello, solicite
nuevamente la certificación de evento recreo-deportivo sustentable.
iv. En caso de detectarse el uso indebido 0 no autorizado del sello de
evento recreo-deportivo sustentable, el Departamento se reserva el
derecho a tomar aquellas medidas legales disponibles para impedir 0
lograr que se suspenda dicho uso.
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ii. Se considerará que un organizador de un evento recreo-deportivo hizo
uso indebido 0 no autorizado del sello, cuando:
Luego de obtenida la certificación de evento recreodeportivo sustentable, incumpla 0 se aparte
significativamente del cumplimiento con las iniciativas de
sustentabilidad a las que se comprometió como requisito
para obtener dicha certificación.
Se utilice el emblema distintivo en la promoción de
cualquier evento O en sus comunicaciones oficiales, sin
obtener previamente la correspondiente certificación de
evento recreo-deportivo sustentable.
Utilice el sello de forma tal que lo vincule con cualquier
actividad contraria a la ley, la moral O el orden público.
iii. El Instituto se reserva el derecho a denegar O imponer condiciones
adicionales a toda organización, federación 0 comité organizador de
un evento que luego de incurrir en uso indebido del sello, solicite
nuevamente la certificación de evento recreo-deportivo sustentable.
iv. En caso de detectarse el uso indebido O no autorizado del sello de
evento recreo-deportivo sustentable, el Departamento se reserva el
derecho a tomar aquellas medidas legales disponibles para impedir 0
lograr que se suspenda dicho uso.
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