Regl. 8702, art. V dup2

- DEFINICIONES

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Las frases, términos y palabras utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado que se detalla en este Artículo. Toda aquella frase, término O palabra no definida en este artículo se entenderá utilizada bajo el significado de uso común. a) Carta Verde Se refiere a la Carta Verde del Deporte Puertorriqueño. Es un documento en el que- se muestran los principios y parámetros de la sustentabilidad deportiva. La Carta Verde permite que organizaciones O individuos se conviertan en firmantes de la misma y asuman compromisos del deporte y la recreación sustentable de manera voluntaria. La Carta Verde fue adoptada en el año 2014 por la Comisión de Deporte y Medioambiente de Puerto Rico. La Carta Verde se administra y custodia desde el Instituto. b) Certificación de Evento Recreo-Deportivo Sustentable - Reconocimiento que se otorga a los comités organizadores de eventos cuando éstos cumplen los requisitos de sustentabilidad recreo-deportiva establecidos en el presente Reglamento. c) Comisión - Se refiere a la Comisión de Deporte y Medioambiente, según creada mediante Orden Ejecutiva núm. 079 de 2013 y Orden Ejecutiva número 006 de 2014. d) Curso Se refiere al curso de sustentabilidad recreo-deportiva ofrecido 0 avalado por el Instituto. 3 e) Departamento - Se refiere al Departamento de Recreación y Deportes. f) Instituto - Se refiere al Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte y la Recreación, creado en virtud de la ley Orgánica, a quien se le ha delegado la función de implementar este Reglamento para la administración del Programa de Deporte y Recreación Sustentable. g) Ley Orgánica - Se refiere a la Ley 8 de enero de 2004, también conocida como Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes. h) Medioambiente -En su acepción más amplia, abarca todo ser vivo, objeto, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos. Incluye el conjunto de valores naturales, sociales y culturales. i) Programa - Se refiere al Programa de Deporte y Recreación Sustentable. j) Secretario - Se refiere al Secretario del Departamento de Recreación y Deportes. k) Sustentable - Que satisface las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de generaciones futuras para atender sus propias necesidades.
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