Regl. 3497, art. 3010-60
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Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 3010-60
NOTA: AGn cuando el desperdicio este anotado, el generador todavía tiene la oportunidad, bajo la Regla 208 G, de demostrarle a la Junta que el desperdicio de su
facilidad en particular u operación, no es
un desperdicio peligroso.
C. Si el desperdicio no aparece anotado como
desperdicio peligroso en la Regla 607, se
debe determinar si el desperdicio ha sido
identificado en la Regla 604 ya sea:
(1) Analizando el desperdicio de acuerdo
con los métodos establecidos en la