Regl. 3497, art. 3010-703

G. Los requisitos de esta regla no aplican a los desperdicios peligrosos producidos por generadores de

Length: 126 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 3010-703

más de 100 kg pero menos de 1,000 kg en un mes calendario donde: 1. El desperdicio es reclamado bajo un acuerdo contractual bajo el cual: a. E1 tipo de desperdicio y la frecuencia del embarque estén especificados en el acuerdo; b. El vehículo utilizando para transportar el desperdicio a la facilidad de reciclaje y para entregar el material regenerado de regreso al generador sea propiedad y operado por el reclamador del desperdicio; y 2. El generador mantiene una copia del acuerdo de reclamación en sus archivos por un periodo de al menos tres años después de terminado o expirado el acuerdo. Esta regla es equivalente al 40 CFR Sección 262.20 (e). Se enmienda la Regla 704 D para que en lo sucesivo lea como sigue:
Regl. 3497, art. 3010-703: G. Los requisitos de esta regla no aplican a los desperdicios peligrosos producidos por generadores de | Justis AI