Regl. 8705, art. 10.00-10.08
Edificios y usos accesorios en distritos UM
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Cite as Reglamento Núm. 8705, Art. 10.00-10.08
1. Se ajustarán a las disposiciones del Reglamento Conjunto relativas al distrito
residencial al cual se sobrepone este distrito.
2. Tipo de diseño de edificios y estructuras
Los edificios y estructuras, mantendrán una fachada que armonice con las
propiedades residenciales en el sector. La OGPe podrá adoptar fachadas
típicas que puedan servir de guía para lograr este objetivo.
El sistema de distribución eléctrica para el área comercial del edificio será
separado del sistema del área residencial y el mismo cumplirá con las normas
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Reglamento Plan Sectorial AARNCEN
de diseño para las cargas que requiera el negocio, conforme con la
reglamentación de la Autoridad de Energía Eléctrica.