Regl. 8705, art. 10.00-10.10 dup2
Impactos en UM
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Cite as Reglamento Núm. 8705, Art. 10.00-10.10 dup2
Los impactos de los desarrollos UM deberán ser evaluados por cada acción propuesta
en su correspondiente cumplimiento ambiental según lo establece la Ley Núm. 416, Ley
de PolÃtica Pública Ambiental, del 22 de septiembre de 2004, según enmendada.
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Reglamento Plan Sectorial AARNCEN
TÓPICO 4
EVALUACIÓN DE CONSULTAS DE UBICACIÓN