Regl. 8705, art. 11.00-11.03
Criterios
Length: 183 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8705, Art. 11.00-11.03
La determinación que se tome sobre un uso propuesto bajo las disposiciones de esta
Sección, descansará en la evaluación de la combinación de factores que presente y
demuestre la parte interesada en cada caso. Para que haya una determinación favorable,
la parte interesada debe demostrar que tiene la capacidad de operar el uso juiciosamente
y que la operación del uso resulta conveniente al interés público, a continuación se
incluyen los criterios a seguir pero sin limitarse a éstos:
1. Se proteja la salud, seguridad y bienestar de los ocupantes de la propiedad
objeto de la solicitud asà como de propiedades limÃtrofes.
2. No se menoscabe el suministro de luz y aire a la edificación a usarse u ocuparse
o a las propiedades limÃtrofes.
3. No se aumente el peligro de fuego.
Pág. 334
Reglamento Plan Sectorial AARNCEN
4. No se ocasione reducción o perjuicio a los valores de las propiedades
establecidas en áreas vecinas.
5. Se demuestre la viabilidad, adecuacidad y conveniencia del uso solicitado.
6. Se cumpla con las condiciones establecidas en este Reglamento o que puedan
establecerse para el caso particular.