Regl. 8705, art. 11.00-11.03

Criterios

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Cite as Reglamento Núm. 8705, Art. 11.00-11.03

La determinación que se tome sobre un uso propuesto bajo las disposiciones de esta Sección, descansará en la evaluación de la combinación de factores que presente y demuestre la parte interesada en cada caso. Para que haya una determinación favorable, la parte interesada debe demostrar que tiene la capacidad de operar el uso juiciosamente y que la operación del uso resulta conveniente al interés público, a continuación se incluyen los criterios a seguir pero sin limitarse a éstos: 1. Se proteja la salud, seguridad y bienestar de los ocupantes de la propiedad objeto de la solicitud así como de propiedades limítrofes. 2. No se menoscabe el suministro de luz y aire a la edificación a usarse u ocuparse o a las propiedades limítrofes. 3. No se aumente el peligro de fuego. Pág. 334 Reglamento Plan Sectorial AARNCEN 4. No se ocasione reducción o perjuicio a los valores de las propiedades establecidas en áreas vecinas. 5. Se demuestre la viabilidad, adecuacidad y conveniencia del uso solicitado. 6. Se cumpla con las condiciones establecidas en este Reglamento o que puedan establecerse para el caso particular.
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