Regl. 3497, art. 3010-I-903 dup6

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Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 3010-I-903 dup6

(9) Un plan de manejo de desperdicio para los desperdicios peligrosos listados como F020, F021, F022, F023, F026 y F027 describiendo cómo una facilidad de tratamiento en el terreno está 0 estará diseñada, construída, operada y mantenida para cumplir con los requisitos de la Regla II-813 K. Se deben de incluir también los siguientes detalles según se especifica en la Regla II-813 K: (a) El volumen y las caracteristicas físicas y quimicas de los desperdicios, incluyendo su potencial de migración a través del terreno 0 de volatilizar 0 escapar hacia la atmósfera; (b) Las propiedades atenuadoras de los terrenos subyacentes o circundantes 0 de otros materiales; (c) Las propiedades movilizadoras de otros materiales co-dispuestos con estos desperdicios; y (d) La efectividad de técnicas adicionales de tratamiento, diseño 0 monitoría. Este párrafo es equivalente al 40 CFR Sección 270.20 (1). 17 Se enmienda la Regla I-903 H (8) para que en lo sucesivo lea como sigue:
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