Regl. 8705, art. 4.00-4.08

Actividad comercial

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Cite as Reglamento Núm. 8705, Art. 4.00-4.08

Se implantará la Ley sobre la Construcción, Instalación y Ubicación de Torres de Telecomunicaciones en Puerto Rico (Ley Núm. 89 del 6 de junio de 2000) y el Reglamento de Permisos Especiales para Uso de Comunicaciones y Edificaciones Asociadas a Sistemas Electrónicos de Comunicaciones en los Bosques Estatales del DRNA (Reglamento Núm. 6769 del 12 de marzo de 2004) con el propósito de prohibir la construcción, instalación y ubicación de conducciones eléctricas y de telecomunicaciones cuya finalidad sea externa al ámbito del RNCEN, más allá de las existentes y de identificada necesidad y bienestar público. Pág. 199 Reglamento Plan Sectorial RNCEN
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