Regl. 8705, art. 6.00-6.03

Parámetros en distritos AD-00

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Cite as Reglamento Núm. 8705, Art. 6.00-6.03

Parámetro Descripción TAMANO DEL SOLAR (metros Sin alcantarillado sanitario: mínimo 600 y cuadrados) máximo 2,000; o la cabida que se determine a base de las pruebas de percolación, lo que resulte mayor. Con alcantarillado sanitario: mínima de 400. DENSIDAD POBLACIONAL Ver Sección 17.21.3 de Parámetros en Distritos AD del Reglamento Conjunto ÁREA MÁXIMA DE OCUPACIÓN (%) 65 ÁREA BRUTA DE PISO MÁXIMA (%) 130 Pág. 320 Reglamento Plan Sectorial AARNCEN Parámetro Descripción PATIO DELANTERO Un metro, excepto en casos en que el solar esté ubicado en una manzana en que existieren otras edificaciones con frente al mismo acceso, en los cuales podrá ser requerido un patio delantero mayor o menor que permita conservar la armonía del conjunto. PATIO POSTERIOR Un patio posterior con fondo no menor de tres (3) metros o 1/5 parte de la altura del edificio, cual fuere mayor. CONSTRUCCIONES Durante las obras de urbanización de terrenos y construcción de edificios se tomarán todas las medidas que sean necesarias para reducir a un mínimo las escorrentías, deforestación y la erosión del terreno que puedan causar la sedimentación y la contaminación de lagunas, ríos y quebradas. Toda obra a realizarse conllevará la reforestación y cualquier otra medida dirigida a proteger y conservar los embalses, ríos y lagos, requiriéndose como mínimo que se muestre evidencia de que luego del desarrollo del terreno, no se aumentará la escorrentía que se genere ni se afectará significativamente su calidad. Las instalaciones a construirse tendrán presente la integración en el paisaje de aquellos hitos y elementos singulares de carácter natural, para los que se establecerán perímetros de protección sobre la base de cuencas visuales que garanticen su prominencia en el entorno. Cuando los terrenos colinden con cuerpos de agua (ríos, canales, quebradas, y lagunas) y/o humedales se mantendrá el retiro mínimo de 50 metros desde el borde exterior del cuerpo de agua hasta el punto más cercano del área o áreas de estacionamiento y cualquier estructura. LOP Pág. 321 Reglamento Plan Sectorial AARNCEN
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