Regl. 8705, art. 7.00-7.04 dup3
Parámetros en distritos BQ-00
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Cite as Reglamento Núm. 8705, Art. 7.00-7.04 dup3
PARÁMETRO
DESCRIPCIÓN
ALTURA (máxima en
La altura de los edificios o estructuras será determinada en
metros)
función a la naturaleza de la actividad específica a establecerse
en cada uno.
SEGREGACIONES
No se permitirá la segregación de terrenos.
No se permitirá la segregación de las porciones de fincas o
solares en un distrito BQ-00 del resto de la finca o solar que
ostente otra clasificación excepto cuando esto sea para dedicar
la porción en BQ-00 a uso público a favor de un organismo
competente, mediante escritura pública.
CONSTRUCCIONES
Los edificios, estructuras u obras deben construirse en forma
compacta, de modo que afecten un mínimo del área del bosque.
En tales proyectos debe evitarse la impermeabilización del
terreno, debe protegerse y mantenerse la vegetación y los
rasgos topográficos del lugar y en general, debe buscarse un
balance positivo donde el ambiente natural prevalezca sobre el
desarrollo.
Durante la construcción de edificios se tomarán todas las
medidas que sean necesarias para reducir a un mínimo las
escorrentías, deforestación y la erosión del terreno que puedan
causar la sedimentación y la contaminación de lagunas, ríos y
quebradas. Se adoptará un protocolo de construcción en estas
áreas que guíe las acciones de los contratistas.
Toda obra a realizarse conllevará la reforestación y cualquier
otra medida dirigida a proteger y conservar los embalses, ríos
y lagos, requiriéndose como mínimo que se muestre evidencia
de que luego del desarrollo del terreno, no se aumentará la
escorrentía que se genere ni se afectará significativamente su
calidad.
Las instalaciones a construirse tendrán presente la integración
en el paisaje de aquellos hitos y elementos singulares de
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Reglamento Plan Sectorial AARNCEN
PARÁMETRO
DESCRIPCIÓN
carácter natural, para los que se establecerán perímetros de
protección sobre la base de cuencas visuales que garanticen su
prominencia en el entorno.
Cuando los terrenos colinden con cuerpos de agua (ríos,
canales, quebradas, y lagunas) y/o humedales se mantendrá el
retiro mínimo de 50 metros desde el borde exterior del cuerpo
de agua hasta el punto más cercano del área o áreas de
estacionamiento y cualquier estructura.
ÁREA DE
4%
OCUPACIÓN (%)
SEPARACIONES DE
Todo edificio o estructura observará una separación no menor
LAS
de seis (6) metros de la servidumbre de paso de toda vía
COLINDANCIAS
existente o propuesta.
Las separaciones con respecto a otras líneas de colindancia
serán de tres (3) metros o de una quinta (1/5) parte de la altura
del edificio, cual fuere mayor.