Regl. 3497, art. 3010 dup2
de RCRA (Anejo C-8).
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Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 3010 dup2
D. Normas aplicables a usuarios de materiales que
son utilizados en una forma que constituye disposición.
1. Los duefios u operadores de facilidades que
utilizan materiales reciclables en una forma
que constituye disposición están reglamentados bajo todas las disposiciones aplicables
de las Reglas II-801 a II-814, I-801 a I-818, -
502 a 505, de la Parte IX-I de este reglamento y de los requisitos de notificación
bajo la Sección 3010 de RCRA (Anejo C-8).
(Estos requisitos no aplican a los productos
que contienen estos materiales reciclables bajo
las disposiciones de la Regla 1103 A (2) de este
reglamento).
2. E1 uso de desperdicio o aceite usado u otro
material que este contaminado con dioxina 0
cualquier otro desperdicio peligroso (excepto
aquel identificado solamente como inflamable), para supresión de polvo o para tratamiento de las carreteras, esta prohibido.