Regl. 8712, art. 2.1
Reglamento del Polígono Virtual de Tiro del Negociado de Investigaciones Especiales. Este Reglamento tiene el propósito de establecer las normas y os procedimientos para promover la enseñanza y la corrección en el uso, manejo y control de las armas de fuego, tanto para los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, agentes y funcionarios del Departamento de Justicia, así como para empleados y funcionarios de otras entidades estatales y federales.
Length: 151 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8712, Art. 2.1
CREACIÓN DEL POLÍGONO DE TIRO VIRTUAL
Las funciones asignadas al personal del Negociado de Investigaciones Especiales vislumbran la
utilización de equipos modernos y de alta tecnología en las diferentes divisiones del Negociado.
Por este motivo, ha sido preciso implantar y utilizar tecnología en el desarrollo y la capacitación
relacionada con los trabajos que se llevan a cabo. El uso del Polígono de Tiro Virtual, como
ejemplo de ello, permite a los agentes especiales del Negociado de Investigaciones Especiales
desarrollar y aplicar tácticas, destrezas y herramientas para que estén preparados al momento de
enfrentarse con diversas situaciones o escenarios a los cuales, por la naturaleza de su trabajo,
puedan poner en riesgo su vida, la de otros agentes, funcionarios o de terceras personas. El
Polígono también se utilizará para instruir sobre el uso correcto y manejo de armas de fuego, tanto
a nivel de un principiante como para la persona más experimentada.