Regl. 8712, art. 2.2 dup2

Reglamento del Polígono Virtual de Tiro del Negociado de Investigaciones Especiales. Este Reglamento tiene el propósito de establecer las normas y os procedimientos para promover la enseñanza y la corrección en el uso, manejo y control de las armas de fuego, tanto para los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, agentes y funcionarios del Departamento de Justicia, así como para empleados y funcionarios de otras entidades estatales y federales.

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Cite as Reglamento Núm. 8712, Art. 2.2 dup2

FUNCIÓN DE LA DIVISIÓN DE CAPACITACIÓN TÉCNICA (DCAT) La División de Capacitación y Apoyo Técnico (DCAT) contará con el Polígono de Tiro Virtual y procurará utilizar la tecnología más moderna disponible para ofrecer adiestramientos. Estos adiestramientos podrán ofrecerse al personal de otras agencias estatales y federales, para el uso en su carácter oficial, siempre y cuando se cuente con la autorización del Secretario de Justicia, el Director del Negociado de Investigaciones Especiales, o la persona que éstos deleguen.
Regl. 8712, art. 2.2 dup2: Reglamento del Polígono Virtual de Tiro del Negociado de Investigaciones Especiales. Este Reglamento tiene el propósito de establecer las normas y os procedimientos para promover la enseñanza y la corrección en el uso, manejo y control de las armas de fuego, tanto para los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, agentes y funcionarios del Departamento de Justicia, así como para empleados y funcionarios de otras entidades estatales y federales. | Justis AI