Regl. 8712, art. 2.3 dup2
Reglamento del Polígono Virtual de Tiro del Negociado de Investigaciones Especiales. Este Reglamento tiene el propósito de establecer las normas y os procedimientos para promover la enseñanza y la corrección en el uso, manejo y control de las armas de fuego, tanto para los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, agentes y funcionarios del Departamento de Justicia, así como para empleados y funcionarios de otras entidades estatales y federales.
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Cite as Reglamento Núm. 8712, Art. 2.3 dup2
ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El Director Auxiliar de DCAT procurará contar con los recursos humanos que considere necesarios
para poder mantener activa -en todo momento- la operación del Polígono de Tiro Virtual. El
Director Auxiliar asignará un Agente Especial de esa División para que actúe como Agente a
Cargo para supervisar las operaciones del Polígono de Tiro Virtual. Del mismo modo, designará
a un Agente Especial, quien fungirá como Agente a Cargo Alterno, quien sustituirá al Agente a
Cargo en caso de éste no estar disponible, con el fin de mantener la continuidad de las operaciones.