Regl. 8712, art. 2.4 dup2
Reglamento del Polígono Virtual de Tiro del Negociado de Investigaciones Especiales. Este Reglamento tiene el propósito de establecer las normas y os procedimientos para promover la enseñanza y la corrección en el uso, manejo y control de las armas de fuego, tanto para los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, agentes y funcionarios del Departamento de Justicia, así como para empleados y funcionarios de otras entidades estatales y federales.
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Cite as Reglamento Núm. 8712, Art. 2.4 dup2
REQUISITOS ESPECIALES DEL AGENTE A CARGO Y EL
AGENTE A CARGO ALTERNO DEL POLÍGONO VIRTUAL
El Agente Especial designado como Agente a Cargo de supervisar la operación del Polígono
Virtual, así como el Agente a Cargo Alterno, deberán contar con certificaciones técnicas
especializadas en el uso y manejo del Polígono de Tiro Virtual, así como con conocimiento en los
Reglamento del Polígono de Tiro Virtual del Negociado de Investigaciones Especiales
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programas a usarse en el mismo. El Negociado de Investigaciones Especiales estará a cargo de
coordinar y ofrecer estos adiestramientos al Agente a Cargo y al Agente a Cargo Alterno.