Regl. 8718, art. II
PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 8718, Art. II
Este Reglamento se promulga con el propósito de incluir el cobro de la reproducción de copias
digitales dentro de las normas y procedimientos que la Autoridad ha implementado para el cobro
de los derechos sobre la reproducción de documentos almacenados en los archivos de la
corporación pública. Asimismo, se pretende corregir el número de referencia del procedimiento
bajo el cual la Autoridad manejará las solicitudes de copias de documentos de préstamos
hipotecarios que custodia.