Regl. 3497, art. 606 dup5

C Residuos de desperdicios peligrosos en recetáculos

Length: 112 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 606 dup5

vacios. 1. a. Cualquier desperdicio peligroso que permanece en un receptáculo vacio 0 un revestimiento interno removido de un receptáculo vacio, según se define en el párrafo (2) de 38 después del punto donde los contaminantes son removidos, siempre y cuando el combustible cumpla con las especificaciones de combustible de aceite usado bajo la Regla 1105 A (5) de este reglamento; y (C) Aceite reclamado de los desperdicios peligrosos que contienen aceite mediante las prácticas de refinación, producción y transportación, donde el aceite reclamado es quemado como combustible sin su reincorporación al proceso de refinacion, siempre y cuando el aceite reclamado cumpla con las especificaciones para combustible de aceite usado bajo la
Regl. 3497, art. 606 dup5: C Residuos de desperdicios peligrosos en recetáculos | Justis AI