Regl. 8720, art. II-2.06 dup2
- Contenido de los Pliegos D-1 al D-6; Capitalización y requisitos de
Length: 396 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8720, Art. II-2.06 dup2
servicio de la deuda.
La solicitud formal deberá incluir la siguiente información a ser marcada, según
corresponda, como los Pliegos D-1 al D-5:
A) El Pliego D-1 deberá incluir un resumen de la capitalización que incluya la
deuda a largo plazo, la deuda a corto plazo, el neto patrimonial del propietario
y cualquier otro componente de la capitalización que se utilice para
desarrollar el requisito de ingresos.
B) El Pliego D-2 deberá incluir una lista que detalle las deudas a largo plazo y los
intereses relacionados, así como los requisitos de servicio de la deuda.
C) El Pliego D-3 deberá incluir una lista que detalle las deudas a corto plazo y los
intereses relacionados, así como los requisitos de servicio de la deuda.
D) El Pliego D-4 deberá incluir información sobre los arrendamientos
capitalizables y las obligaciones de pago relacionadas con ellos para el año de
prueba y para cada uno de los tres (3) años siguientes al año de prueba.
E) El Pliego D-5 deberá incluir información sobre los contratos de compra de
energía a largo plazo que incluya las obligaciones de pago para el año de
prueba y para cada uno de los tres (3) años siguientes al año de prueba.
F) El Pliego D-6 deberá incluir un listado detallado de cualquier deuda que haya
sido titulizada a través del proceso de titulización establecido en la Ley para la
Revitalización de la AEE y los intereses relacionados, así como los requisitos
de servicio de la deuda.
Los Pliegos D-2 (y, de ser aplicable, D-3) deberán demostrar además el efecto
estimado en el requisito de ingresos del año de prueba de la utilidad de cualquier
emisión propuesta de Bonos de Reestructuración para los cuales una solicitud de
Orden de Reestructuración esté pendiente ante, 0 haya sido concedida por, la
Comisión de conformidad con el Artículo 6.25A de la Ley 57-2014, según enmendada
por la Ley 4-2014, al momento de la presentación. Dicha demostración deberá incluir
un listado detallado de los bonos esperados a ser reembolsados 0 cancelados con los
Bonos de Reestructuración. La utilizad debe presentar una actualización del estimado
del efecto en el requisito de ingresos del año de prueba para la emisión actual de
Bonos de Reestructuración dentro de diez (10) días luego de la emisión de dichos
Bonos, provisto que la revisión tarifaria no haya culminado al momento de dicha
19
emisión.