Regl. 8720, art. I-1.05

- Interpretación.

Length: 41 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8720, Art. I-1.05

Este Reglamento se interpretará de manera que promueva el mayor bienestar público y la protección de los intereses de los residentes de Puerto Rico, y de tal manera que los procedimientos se lleven a cabo de forma rápida, justa y económica.
Regl. 8720, art. I-1.05: - Interpretación. | Justis AI