Regl. 8720, art. I-1.09

- Fechas y Términos.

Length: 70 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8720, Art. I-1.09

En el cómputo de cualquier término establecido mediante este Reglamento, 0 por orden de la Comisión, el día en que se realice el evento, acto u omisión que inicia el término no será contado y el término fijo comenzará a transcurrir al día siguiente. Si el término culmina en un sábado, domingo o en un día declarado feriado por ley, el término será extendido hasta el siguiente día laborable. 13
Regl. 8720, art. I-1.09: - Fechas y Términos. | Justis AI