Regl. 3497, art. 611

Procedimientos para cambios en la clasificación como

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Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 611

desperdicio sólido 0 para ser clasificado como caldera. La Junta utilizará los siguientes procedimientos para evaluar las solicitudes para cambios en la clasificación como desperdicio sólido 0 las solicitudes para clasificar algunos aparatos cerrados de combustion por flama como calderas: 20 (1) La solicitud debe seguir los criterios relevantes contenidos en las Reglas 609 6 610 de este reglamento. (2) La Junta evaluará la solicitud y emitirá un borrador de notificación, por escrito, otorgando 0 denegando tentativamente la solicitud. La notificación de esta decision tentativa será provista por un anuncio en el periódico y por transmisión radial. La Junta aceptará comentarios sobre esa decisión tentativa por 30 días, y también podrá sostener una vista pública si es solicitada o a su discreción. La Junta emitirá una decisión final luego de recibir los comentarios y luego de la vista (si alguna) y esta decision no será apelada a la Junta. Esta regla es equivalente al 40 CFR Sección 260.33. Se enmienda la Parte VI para añadir lo siguiente como la Regla 612:
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