Regl. 3497, art. 611
Procedimientos para cambios en la clasificación como
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Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 611
desperdicio sólido 0 para ser clasificado como caldera.
La Junta utilizará los siguientes procedimientos para
evaluar las solicitudes para cambios en la clasificación
como desperdicio sólido 0 las solicitudes para clasificar
algunos aparatos cerrados de combustion por flama como
calderas:
20
(1) La solicitud debe seguir los criterios relevantes
contenidos en las Reglas 609 6 610 de este reglamento.
(2) La Junta evaluará la solicitud y emitirá un borrador
de notificación, por escrito, otorgando 0 denegando
tentativamente la solicitud. La notificación de esta
decision tentativa será provista por un anuncio en el
periódico y por transmisión radial. La Junta aceptará
comentarios sobre esa decisión tentativa por 30 días,
y también podrá sostener una vista pública si es
solicitada o a su discreción. La Junta emitirá una
decisión final luego de recibir los comentarios y
luego de la vista (si alguna) y esta decision no será
apelada a la Junta.
Esta regla es equivalente al 40 CFR Sección 260.33.
Se enmienda la Parte VI para añadir lo siguiente como la Regla
612: