Regl. 3501, art. I

INTRODUCCION

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Cite as Reglamento Núm. 3501, Art. I

La Administración de Fomento Agrícola, creada por la Ley Núm. 28 del 5 de junio de 1985, faculta al Secretario de Agricultura, entre otras cosas, a impulsar y promover actividades que propicien el desarrollo y fortalecimiento de la agricultura, de manera que asegure la estabilidad y permanencia del agricultor en su negocio agricola. La referida ley otorga poderes al Secretario de Agricultura para conceder y pagar subsidios, incentivos y otras ayudas económicas. La referida ley, otorga poderes al Secretario de Agricultura para estimular empresas agricolas que puedan tener un potencial de desarrollo entre aquellos agricultores que no participan de las ayudas gubernamentales tradicionales por poseer unidades de producción (tierra) insuficientes a la planificación de desarrollo agricola regular. Con miras a ofrecerle una alternativa viable a estos pequeños empresarios se establece el Programa de Desarrollo de Pequeños Empresarios.
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