Regl. 8730, art. III dup2
Reglamento de Mercado Núm. 12 para Regir el Mercado de Productos Agrícolas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Este Reglamento se establece con el propósito de tomar medidas para regular la importación, producción y exportación de productos agrícolas en su estado natural refrigerados congelados o elaborados en cualquier forma de preparación sin alterar el producto.
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TÉRMINOS EMPLEADOS
Para los fines de este Reglamento, los siguientes términos y frases deberán ser interpretados literalmente,
según su sentido práctico común en la sociedad. En los casos aplicables, las palabras utilizadas en el
tiempo presente incluyen también el futuro; las utilizadas en el género masculino incluyen el femenino; el
singular incluye el plural 0 viceversa, cuando así lo requiera.