Regl. 8737, art. 10-10.3 dup2
Agrupación de los Puestos en el Plan de
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Cite as Reglamento Núm. 8737, Art. 10-10.3 dup2
Clasificación
Se agruparán en clases todos los puestos en el servicio de
confianza cuyos deberes, índole de trabajo, autoridad y
responsabilidad sean de tal modo semejantes que puedan
razonablemente denominarse con el mismo título; exigirse a sus
ocupantes los mismos requisitos mínimos; utilizarse las mismas
pruebas de aptitud para la selección de empleados; y aplicarse
las mismas escalas de retribución con equidad bajo condiciones de
trabajo sustancialmente iguales.
Cada clase de puesto será designada con un título oficial que sea
descriptivo de sus funciones. Dicho título se utilizará en el
trámite de toda transacción O acción de personal, presupuesto y
finanzas, así como en todo asunto oficial relacionado con el
puesto.
La Autoridad Nominadora podrá designar cada puesto con un título
funcional de acuerdo con los deberes y responsabilidades de su
puesto en FIGNA. Este título funcional podrá ser utilizado para
identificación del puesto en la correspondencia interna y externa
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de FIGNA. Bajo ninguna circunstancia el título funcional se
utilizará en el trámite de cualquier transacción O acción de
personal, presupuesto y finanzas O en los asuntos oficiales que
conlleve el puesto.