Regl. 8737, art. 10 dup2

CLASIFICACION DE PUESTOS

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Cite as Reglamento Núm. 8737, Art. 10 dup2

Sección 10.1 Plan de Clasificación 18 La Autoridad Nominadora establecerá el Plan de Clasificación para los puestos de confianza de FIGNA con funciones de política pública O de servicios directos al Principal Oficial Ejecutivo O a la Junta de Directores, que requieran alto grado de confianza personal, según describen los incisos 1, 2 y 3 de la Sección 9.1 de este Reglamento. Igualmente, establecerá los procedimientos necesarios para la administración de dicho plan. El Plan de Clasificación reflejará la situación de todos los referidos puestos en el Servicio de Confianza a una fecha determinada, constituyendo así un inventario de los puestos de confianza de FIGNA. El Plan de Clasificación se mantendrá al día registrando los cambios que ocurran en los puestos, de forma tal que en todo momento el plan refleje exactamente los hechos y condiciones reales presentes. Será responsabilidad de la Autoridad Nominadora, eliminar, consolidar y modificar las clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación, de manera que se mantengan al día, O reasignar cualquier clase de puesto de una escala de retribución a otra, reclasificar puestos y disponer cambios en deberes, autoridad y responsabilidad en éstos, según se dispone en este Reglamento. El Plan de Clasificación reflejará la situación de todos los puestos en el servicio de confianza a una fecha determinada, 19 constituyendo así un inventario de todos los puestos autorizados a dicha fecha. Para lograr que el Plan de Clasificación sea un instrumento de trabajo adecuado y efectivo en la administración de personal, se mantendrán al día registrando los cambios que ocurran en los puestos, de forma tal que en todo momento el Plan refleje exactamente los hechos y condiciones reales presentes y mediante la actualización de las especificaciones de clases y las asignaciones de puestos a las clases. Se establecerán, por lo tanto, los mecanismos necesarios para hacer que el Plan de Clasificación sea susceptible a una revisión y modificación continua, de forma que constituya una herramienta de trabajo efectiva. Las normas y los procedimientos necesarios para la administración del Plan de Clasificación estarán en armonía con el Plan de Retribución que se establezca y los reglamentos aplicables a este último. El establecimiento, implantación y administración del Plan de Clasificación se hará conforme a las disposiciones que a continuación se establecen.
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