Regl. 8737, art. 13-13.4

Renuncias

Length: 143 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8737, Art. 13-13.4

Cualquier empleado de confianza podrá renunciar a su puesto libremente mediante notificación escrita a la Autoridad Nominadora. Esta comunicación se hará con no menos de treinta (30) días de antelación a su último día de trabajo, excepto que la Autoridad Nominadora acepte renuncias presentadas en un plazo menor. La Autoridad Nominadora deberá, dentro del término de quince (15) días de haber sido sometida dicha renuncia, notificar al empleado si acepta la misma O si la rechaza por existir razones que justifiquen investigar la conducta del empleado o funcionario. En casos de rechazo, la Autoridad Nominadora, dentro del término más corto posible deberá realizar la investigación y determinar si acepta la renuncia O si procede con la formulación de cargos. Una vez el empleado de confianza presente su renuncia sólo podrá ser retirada en común acuerdo con la Autoridad Nominadora O su Representante Autorizado.
Regl. 8737, art. 13-13.4: Renuncias | Justis AI