Regl. 8737, art. 9-9.3 dup2

Reinstalación de Empleados de Confianza

Length: 213 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8737, Art. 9-9.3 dup2

1. Un empleado de confianza que sea separado de su puesto y con anterioridad a prestar servicios en el servicio de confianza se haya desempeñado en un puesto de carrera con status regular en FIGNA, tendrá derecho a ser reinstalado en un puesto igual O similar al último que ocupó en el servicio de carrera, excepto que su remoción del puesto de confianza se haya efectuado mediante formulación de cargos. 2. La responsabilidad de la reinstalación del empleado O funcionario será de FIGNA, el cual deberá agotar todos los recursos para la reinstalación del empleado O funcionario en cualquiera de las unidades de FIGNA. 16 3. La reinstalación del empleado al servicio de carrera deberá efectuarse simultáneamente con la separación del puesto de confianza. 4. En las reinstalaciones en puestos en clases similares, el empleado deberá reunir los requisitos mínimos establecidos para la clase de puesto, pero no se le requerirá la aprobación de exámenes. 5. En todo caso de reinstalación, sea ésta a un puesto en una clase igual o en una similar a la que ocupaba el empleado en el servicio de carrera, el empleado tendrá status regular. 6. La determinación sobre el sueldo correspondiente al empleado se hará conforme a lo dispuesto en la Sección 15.1 (g) de este Reglamento.
Regl. 8737, art. 9-9.3 dup2: Reinstalación de Empleados de Confianza | Justis AI