Regl. 3533, art. IV

FACILIDADES PARA LAS CUALES SE AUTORIZAN AYUDAS ECONOMICAS

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Cite as Reglamento Núm. 3533, Art. IV

Se concederán incentivos 0 ayudas económicas para la construcción, ampliación, instalación, mejoramiento 0 compra de una 0 más de las siguientes facilidades 0 equipo. 11. Incubadoras de Huevos Fértiles de Guineas.
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