Regl. 8755, art. 6
Fuentes de Recursos para el Fondo Educacional, son las siguientes:
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Cite as Reglamento Núm. 8755, Art. 6
a. Recursos Iniciales: En el comienzo del Fideicomiso se depositó la cantidad inicial
mínima de quinientos mil dólares ($500,000), que constituyó la capitalización inicial
del fondo.
b. Recursos Futuros Recurrentes: El fondo contará con recursos futuros recurrentes que
serán provistos de las siguientes fuentes:
1) De la suma recibida en FIGNA por concepto de las concesiones que opere las
tiendas militares, cantinas y servicios análogos, FIGNA aportará la cantidad
aprobada por la Junta de Directores del Fideicomiso al Fondo Educacional en el
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presupuesto anual para cada año fiscal (1 de julio- 30 junio), según se establece en
la Ley Núm. 23.
2) Los ingresos imputables a la inversión de los fondos asignados al Fondo
Educacional, recibidos y/o acumulados durante el período transcurrido entre el
recibo en el Fondo Educacional de las aportaciones de FIGNA o de cualquier otra
fuente, y el desembolso de dichas aportaciones por el Fondo Educacional.
3) Donativos de cualquier persona natural o jurídica, industrial, privada, incluyendo
del Estados Libre Asociado, sus municipios, sus instrumentalidades públicas y sus
agencias, y del Gobierno de los Estados Unidos de América.