Regl. 8757, art. 2.3
Medidas de seguridad
Cite as Reglamento Núm. 8757, Art. 2.3
La Oficina tomará medidas de seguridad para garantizar la información que el
usuario guarde en el Sistema de Radicación Electrónica de Informes. Asimismo,
tomará medidas para asegurar la integridad de la información provista en los
informes. Además, el sistema contará con un registro de eventos y con un registro
de seguridad.
Se enmienda la Sección 2.4 para que lea de la siguiente manera: