Regl. 8757, art. 7.1
Cláusula de salvedad
Cite as Reglamento Núm. 8757, Art. 7.1
Si cualquier palabra, oración, sección, parte, artÃculo 0 inciso de este Reglamento
es declarado inconstitucional o nulo por un tribunal con jurisdicción, continuarán
vigentes sus restantes disposiciones.