Regl. 8759, art. 11
Carta de Derechos del Viajero o Cliente
Cite as Reglamento Núm. 8759, Art. 11
Todo viajero 0 cliente debe recibir un servicio de excelencia, seguro y
eficiente de parte de toda persona autorizada por la Compañía para dedicarse al
ofrecimiento en venta 0 reserva de boletos de viajes, por lo que tendrá derecho a:
a. Estar informado de los detalles de su viaje o excursión.
b. Estar informado sobre las formas de pago.
C. Estar informado sobre las reglas de cancelación y reembolsos.
18
d. Obtener un recibo de pago al momento de realizar pagos parciales y
totales.
e. Que se mantenga en un sitio visible en el área de la entrada de la agencia
la Carta de Derechos del Viajero descrita en este Artículo.