Regl. 8759, art. 19

Peticiones de Personas Naturales

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Cite as Reglamento Núm. 8759, Art. 19

Además de lo dispuesto en los artículos anteriores, una persona natural deberá incluir: a. Estado civil del solicitante. Si el solicitante es casado, deberá especificar el nombre del cónyuge. b. Certificado de Nacimiento expedido por el Registro Demográfico 0 su equivalente en su país de su origen. C. Si es menor de veintiún (21) años, certificado de matrimonio O evidencia de emancipación. d. Todo extranjero no naturalizado deberá someter una certificación del Servicio de Inmigración y Naturalización que evidencie su autorización para trabajar en Puerto Rico.
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