Regl. 8759, art. 28

Traspasos o Relocalización

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Cite as Reglamento Núm. 8759, Art. 28

a. Las solicitudes de traspaso o relocalización deberán radicarse en la Secretaría, y las mismas, podrán hacerse en documentos separados 0 33 conjuntamente por el cedente y el cesionario, según lo requiera el formulario que a esos fines provea la Compañía. b. En dicha solicitud se expresarán las razones para la transferencia solicitada, las razones de interés público que sirven de base a la misma y cualquier otra información relevante que la Compañía tenga a bien requerir. C. La solicitud deberá estar acompañada del contrato de compraventa. d. Las solicitudes de relocalización deberán incluir además, los documentos descritos en el Artículo sobre los Requisitos Referentes al Local, si ya tiene disponible el nuevo local. Si no tiene disponible el local, dichos documentos deberán ser sometidos de acuerdo a la prórroga concedida en el informe de inspección de local. e. Una vez aprobada la inspección de relocalización deberá presentar contrato de arrendamiento y/o escritura de compraventa, según aplique. f. Todo nuevo solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos en Reglamento. g. La Compañía evaluará la solicitud de traspaso y tramitará la misma administrativamente autorizándola o denegándola. Disponiéndose que en los siguientes casos la Compañía podrá no considerar administrativamente las solicitudes de traspaso, sino que podrá emitir una orden para que muestre causa por la cual no se deba denegar dicho traspaso, conforme dispone el presente Reglamento: 1. Cuando el cesionario haya traspasado cualquier concesión anteriormente. 2. Cuando el cedente haya traspasado cualquier concesión anteriormente. 3. Cuando el récord penal del cesionario aparezca con una o más convicciones de carácter grave 0 delitos que demuestren depravación moral. 4. Cuando de los documentos sometidos por el cesionario surjan dudas sobre su idoneidad para prestar el servicio. 34 5. Cualquier otra situación en la que la Compañía tenga duda si debe conceder el traspaso.
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