Regl. 8759, art. 66

Responsabilidad de las Partes a Negociar y Participar

Last amended: 2005Length: 29 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8759, Art. 66

Las partes serán responsables de proponer acuerdos para resolver las diferencias entre ellas. Deberán, además, presentar los fundamentos, razones 0 propósitos de cada uno de los acuerdos propuestos. 68
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