Regl. 8774, art. 14 dup2

Criterios para la Selección del Consejo Comunitario de Seguridad

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Cite as Reglamento Núm. 8774, Art. 14 dup2

Central del Año A. Se crea mediante este Reglamento, un Programa de premiación anual, donde se nominarán y seleccionará al Consejo Comunitario de Seguridad Central del Año por Área Policíaca. Para que un Consejo Comunitario de Seguridad de Sector pueda nominar a un Consejo Comunitario de Seguridad Central, tendrá que estar activo por un año a partir de la fecha de la juramentación del Consejo. Este reconocimiento se otorgará al Consejo Comunitario de Seguridad Central que se haya distinguido en la Policía de Puerto Rico por su labor. Para seleccionar al Consejo Comunitario de Seguridad Central del año, se utilizará como base, entre otros, los criterios que se establecen a continuación: 48 1. Productividad - Se referirá a la labor comunitaria realizada durante al año. Esto es, actividades educativas, deportivas y culturales que se hayan realizado y sus logros. La eficacia y eficiencia con que el Concejo haya realizado y cumplido con los planes de trabajo esbozados. 2. Actitud hacia la Organización - Se refiere a la manera en que los miembros de un Consejo actúan ante las situaciones que se le presenten y que mantienen una imagen positiva hacia la Agencia. 3. Dedicación al Trabajo -Es el esfuerzo o dedicación que demuestran los Concejales de un Consejo en realizar las funciones y responsabilidades por el cuales juramentaron. 4. Conocimiento del Trabajo - La ejecución de las funciones inherentes al puesto O posición que ocupa, el dominio, las destrezas y habilidades al ejecutar el trabajo. Que tenga noción y siga las reglas parlamentarias. 5. Puntualidad - La asistencia regular y puntual en las reuniones y actividades planificadas por el Consejo. 6. Buena Conducta - La observancia de las normas de comportamiento correcto, cortés y respetuoso establecidas en este Reglamento, en las reglas parlamentarias, así como en cualquier norma interna establecida en la Agencia. 7. Liderato - es una característica que debe distinguir a los líderes donde demuestren su liderazgo dentro del grupo. Son capaces de tomar decisiones acertadas para el grupo, 49 equipo u organización, inspirando al resto de los compañeros a alcanzar las metas establecidas. 8. Cumplimiento de órdenes e instrucciones - La observancia de las normas establecidas en la Policía de Puerto Rico, de las reglas parlamentarias, así como de las leyes y reglamentos establecidas en nuestro ordenamiento jurídico. 9. Relaciones Humanas - Es el comportamiento, actitud, empatía, manera de actuar que tienen los concejales entre estos, con los líderes, el personal del Sistema de Rango y el público en general tanto dentro 0 fuera de la Agencia. B. Cada Consejo de Seguridad de Sector someterá al Director de Precinto o Distrito, una carpeta que contendrá lo siguiente: 1. Portada - llevará el nombre del Consejo y el Área Policíaca 2. Carta de Presentación - informará el historial del Consejo de forma clara y especifica. 3. Reuniones - colocará las actas de las reuniones por orden de fecha y copia de las hojas de asistencia en la cual indique manera en que se determinó quorum. 4. Actividades del Consejo - indicará las actividades realizadas por el Consejo y la colaboración en otras actividades. 5. Actividades de Participación Comunitaria - incluirá fotos, registros, agenda, hojas sueltas, folletos, entre otros. 6. Reconocimientos - placas 0 cartas de felicitación 0 agradecimiento. 50 7. Alianzas Comunitarias - acuerdos colaborativos con agencias o grupos comunitarios en beneficio de su consejo 8. Cualquier otra información que sea de valor para la evaluación C. El Director de Distrito O Precinto en unión al Director de la División de Relaciones con la Comunidad, y un Representante de la Junta Estatal, evaluarán cada carpeta dentro de los primeros diez (10) días laborables del mes de enero de cada año, según los criterios establecidos, para que puedan ser considerados como Consejo Comunitario de Seguridad Central del Año en su Área Policíaca. Las nominaciones serán dirigidas al Comandante de Área quien junto al Director del Negociado de Relaciones con la Comunidad y un representante de la Junta Estatal, evaluarán en sus méritos todas las nominaciones y seleccionarán al Consejo Comunitario de Seguridad Central del Año por Área Policíaca. D. Se evaluará en sus méritos cada nominación y se observará objetividad en todo momento, siguiendo los criterios establecidos en este Reglamento. De existir un conflicto de interés, el miembro implicado se inhibirá del proceso, según definido en la Ley de Ética Gubernamental. Establecerá mediante escrito los fundamentos para tal actuación. E. Emitirán su decisión por escrito, firmada por los miembros del Comité. F. El Director del Negociado de Relaciones con la Comunidad notificará al Superintendente por conducto del Superintendente 51 Auxiliar de Operaciones de Campo los Consejos Comunitarios de Seguridad Central seleccionados con un resumen de las ejecutorias.
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