Regl. 8774, art. 3

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 8774, Art. 3

Este Reglamento tiene como propósito delinear de forma clara y sencilla los deberes y responsabilidades que tendrán los Consejos Comunitarios de Seguridad. Establecer y definir su estructura organizacional, para cumplir con el Acuerdo establecido entre el Departamento de Justicia Federal y el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
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