Regl. 8775, art. V

Reglamento para la Organización y Desarrollo de Mercados Agrícolas Familiares en Puerto Rico. Este Reglamento establecerá los requisitos para la certificación de agricultores autorizados o corporaciones autorizadas a participar en los Mercados Agricolas Familiares de Puerto Rico.

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Cite as Reglamento Núm. 8775, Art. V

APLICABILIDAD Este reglamento será aplicable a todo agricultor, entidad jurídica, corporación, asociación o cooperativa; certificado para participar en los Mercados Agrícolas Familiares en Puerto Rico.
Regl. 8775, art. V: Reglamento para la Organización y Desarrollo de Mercados Agrícolas Familiares en Puerto Rico. Este Reglamento establecerá los requisitos para la certificación de agricultores autorizados o corporaciones autorizadas a participar en los Mercados Agricolas Familiares de Puerto Rico. | Justis AI