Regl. 3552, art. 13
- Solicitud de extensión de la autorización
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Cite as Reglamento Núm. 3552, Art. 13
La solicitud para extender el término autorizado para efectuar
grabaciones de comunicaciones orales no telefónicas no podrá
exceder de tres (3) meses adicionales y se justificará mediante
una declaración jurada dirigida al Secretario que contenga los
fundamentos que justifiquen presentar la petición de la extensión
ante el Juez que expidió la orden inicial. El juramento requerido
será prestado ante el Fiscal de la División. Esta solicitud deberá
presentarse en la Oficina del Secretario mediante el trámite indicado para la solicitud de autorización con antelación razonable al
vencimiento del término concedido por la orden inicial.