Regl. 8778, art. XXII
Cláusula de Separabilidad
Cite as Reglamento Núm. 8778, Art. XXII
Si cualquier palabra, inciso, articulo, sección 0 parte del presente
Reglamento fuere declarada inconstitucional 0 nula por el tribunal, tal
declaración no afectara, menoscabara o invalidara las restantes
disposiciones y partes de este Reglamento, sino que su efecto se limitara a
la palabra, inciso, oración, articulo, sección o parte especifica declarada
inconstitucional O nula. La nulidad 0 invalidez de cualquier palabra, inciso,
oración, articulo, sección o parte de algún caso, no se entenderá que afecta
O perjudica en sentido alguno su aplicación o validez en cualquier otro caso.