Regl. 8781, art. 21

Separabilidad

Length: 69 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8781, Art. 21

En el caso de que algún artículo O cláusula de este Reglamento fuese declarada inconstitucional O nula por un tribunal con jurisdicción competente, tal declaración no afectará, menoscabará o invalidará las restantes disposiciones y partes de este documento, sino que su efecto se limitará a la palabra, inciso, oración, cláusula, artículo O parte especificamente afectada. El resto del Reglamento quedará inalterado y en vigor en todas sus otras partes.
Regl. 8781, art. 21: Separabilidad | Justis AI