Regl. 1279, art. 205.4-201.4k

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el índice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005

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de lo siguiente: (1). Para los amortiguadores hidraúlicos del carro, el peso total del carro según se indica en la placa de información en el cabezal del carro más ciento cincuenta (150) libras. (2) Para los amortiguadores hidraúlicos del contrapeso, el peso del contrapeso usado. b. La carga permisible máxima no será menor de lo siguiente: (1) Para los amortiguadores hidraúlicos del carro, el peso total del carro según se indica en la placa de información del cabezal del carro más la carga permisible de este. (2) Para los amortiguadores hidraúlicos del contrapeso, el peso del contrapeso usado.
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