Regl. 8790, art. 27
CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD
Cite as Reglamento Núm. 8790, Art. 27
Las disposiciones de este Reglamento son independientes y separables.
Si alguna palabra, frase, oración, inciso, artículo, título u otras disposiciones de
este Reglamento fuere declarada inconstitucional 0 nula, no afectará,
menoscabará O invalidará las restantes disposiciones del mismo. El Reglamento
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así modificado por la decisión de dicho Tribunal continuará en plena fuerza y
vigencia.