Regl. 8792, art. 208
del Código Político de Puerto Rico, el (la) Rector(a) podrá
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destituirlo, si éste no se acoge a los beneficios de una sentencia suspendida.
En la alternativa, de acogerse a este beneficio, la Oficina de Recursos
Humanos llevará a cabo una evaluación para determinar si el empleado puede
continuar desempeñando el cargo que ocupa y hará las recomendaciones al
(la) Rector(a). Al hacerse la evaluación se tomará en cuenta la gravedad del
delito por el cual fue convicto el miembro del personal docente y el riesgo que
pueda constituir para la propiedad y/o seguridad del Conservatorio, de sus
empleados, del gobierno de Puerto Rico y del pueblo en general.
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i. La comisión por parte del miembro del personal docente de diferentes
acciones sujetas a medidas correctivas o disciplinarias, que demuestren un
patrón de indisciplina será evidencia suficiente de que el empleado no puede
adaptarse a las reglas y normas de conducta del Conservatorio y que debe
retirarse de empleo. Por tanto, podrá ser destituido de empleo y sueldo todo
empleado del personal docente que haya recibido tres (3) medidas
disciplinarias durante el periodo de un año.
j. El Conservatorio se reserva el derecho de investigar y procesar, de ser
necesario, a un miembro del personal docente cuyas ausencias o tardanzas,
justificadas o no, afecten el buen funcionamiento de la Corporación.
k. En los casos de ausencias se establecen las siguientes normas:
1. Cuando un miembro del personal docente se vea imposibilitado de
comparecer a su trabajo deberá hacer las gestiones para notificarlo al (a la)
Decano(a) Asociado(a) de Asuntos Académicos en las primeras horas
laborables del mismo día en que ocurra la ausencia ofreciendo las razones
y la duración anticipada de la ausencia. De existir alguna justificación
razonable para no hacerlo, lo notificará ante la primera hora laborable del
día siguiente a la ausencia.
2. Cuando un miembro del personal docente se ausente de su trabajo con
frecuencia debido a enfermedad o a lesiones no ocupacionales, se le podrá
requerir que se someta a un examen físico con un médico seleccionado por
el Conservatorio. Este médico certificará la condición del empleado y si
está física y mentalmente capacitado para ejercer sus funciones.
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1. Será deber de todos los supervisores promover las mejores relaciones entre el
personal que tiene a su cargo y evitar conflictos y diferencias estériles que
generen resentimiento o que afecten la moral de la unidad de trabajo.