Regl. 8792, art. IX-9.2

Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores.

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Cite as Reglamento Núm. 8792, Art. IX-9.2

Procedimiento para Adoptar Enmiendas Para enmendar este reglamento se seguirá el siguiente procedimiento: a. Cualquier miembro del profesorado del Conservatorio que desee presentar recomendaciones para enmendar este reglamento debe someter su propuesta al Senado Académico por conducto de un representante de su departamento. b. El Senado Académico estudiará la propuesta y someterá su recomendación al (a la) Rector(a) del Conservatorio, quien a su vez, la estudiará y la presentará con sus propias recomendaciones a la Junta de Directores. C. Cualquier propuesta de enmienda que se origine a nivel del (de la) Rector(a) o de la Junta de Directores del Conservatorio deberá ser sometida al Senado Académico para fines de consulta. Realizada la consulta, el (la) Rector(a) someterá la propuesta a la Junta de Directores.
Regl. 8792, art. IX-9.2: Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores. | Justis AI